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Si dispones de una casa de campo en España, apartamento o casa de pueblo y quieres alquilar la propiedad o por el contrario, deseas alquilar una larga temporada o pasar tus vacaciones en la Costa del Sol y tienes dudas de los gastos que tienes que asumir, aquí  te aclaramos qué gastos paga el casero y cuáles el inquilino.

Conviene saber qué es lo que dice la legislación al respecto. Según lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario de la vivienda arrendada está obligado a realizar aquellos arreglos que sean necesarios para conservar la vivienda en "condiciones de habitabilidad".

El dueño del inmueble debe:

  • Arreglar o reponer todo aquello que tenga que ver con los elementos estructurales y esenciales de la casa.
  • Reparar, renovar o sustituir cualquier elemento de las instalaciones de conducción de agua y desagüe.
  • Mantener y conservar el techo, las paredes, el suelo y la chimenea en el caso de contar con ella.
  • Solucionar cualquier problema relacionado con la instalación eléctrica.
  • Sustituir o reparar el termo en caso de avería o funcionamiento deficiente.

Por otra parte, hay ciertas cosas que con el transcurso de la vida cotidiana se deterioran o rompen y que en todos los casos son exclusivamente responsabilidad del inquilino. Con el contrato de alquiler de la vivienda, el arrendatario o inquilino contrae las siguientes obligaciones:

  • Cualquier desperfecto o rotura que se derive del mal uso de la vivienda.
  • Pequeñas reparaciones –las que tengan un coste inferior a 150 euros– que se deriven del desgaste por el uso cotidiano de la casa.

Al inicio de un contrato de alquiler el inquilino debe pagar un depósito seguridad para cubrir en caso de que el inquilino inflija daños a la propiedad durante su estancia en la misma o incumpla el acuerdo contractual.

De no existir daños significativos en la propiedad y estar al orden del día de los pagos acordados, el propietario debe devolver este depósito al inquilino en un periodo no mayor de 15 días, después del día en que se desocupe la vivienda.

A veces es muy complicado determinar cuál es la frontera entre ambos casos, pero está en el sentido común y el buen entendimiento entre ambos (inquilino y arrendador) el saber diferenciar cada caso específico y tratar de llegar a un entendimiento que siempre beneficiará a ambas partes.

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